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Un hombre ha sido condenado a prisión permanente por agredir sexualmente y asesinar a su exmujer en Almonacid (Toledo). La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la sentencia, rechazando el recurso del acusado.
El hombre había argumentado que no se había acreditado la existencia del dolo requerido para el delito de agresión sexual, por el que fue condenado a nueve años de cárcel. Sin embargo, los magistrados respondieron que la agresión sexual "se ha probado mediante prueba indiciaria", y que su versión no resulta creíble.
La sentencia recogió que la víctima quería separarse definitivamente del procesado, con el que se había divorciado y con quien tenía tres hijos. Sin embargo, él no aceptó esta decisión, actuando "motivado por razones de dominación o posesión hacia su mujer". La Audiencia Provincial también le impuso la privación de la patria potestad de su hijo menor de edad e indemnizar a los dos hijos mayores con 71.500 euros cada uno, y al menor con 113.000 euros.
En este caso, el Tribunal Supremo ha avalado la condena, lo que significa que la sentencia se mantiene en sus términos. La condena por prisión permanente será revisable, lo que significa que el Acusado podrá solicitar su reducción o suspensión después de un período determinado.
El asesinato del hombre y las agresiones sexuales contra la víctima fueron considerados como actos de violencia doméstica. La condena es una medida adecuada para proteger a las víctimas de violencia doméstica y para garantizar que los responsables sean castigados por sus actos.
En resumen, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de prisión permanente al hombre acusado de agredir sexualmente y asesinar a su exmujer. La sentencia se mantiene en sus términos, lo que garantiza que justicia sea aplicada a las víctimas de violencia doméstica.
El hombre había argumentado que no se había acreditado la existencia del dolo requerido para el delito de agresión sexual, por el que fue condenado a nueve años de cárcel. Sin embargo, los magistrados respondieron que la agresión sexual "se ha probado mediante prueba indiciaria", y que su versión no resulta creíble.
La sentencia recogió que la víctima quería separarse definitivamente del procesado, con el que se había divorciado y con quien tenía tres hijos. Sin embargo, él no aceptó esta decisión, actuando "motivado por razones de dominación o posesión hacia su mujer". La Audiencia Provincial también le impuso la privación de la patria potestad de su hijo menor de edad e indemnizar a los dos hijos mayores con 71.500 euros cada uno, y al menor con 113.000 euros.
En este caso, el Tribunal Supremo ha avalado la condena, lo que significa que la sentencia se mantiene en sus términos. La condena por prisión permanente será revisable, lo que significa que el Acusado podrá solicitar su reducción o suspensión después de un período determinado.
El asesinato del hombre y las agresiones sexuales contra la víctima fueron considerados como actos de violencia doméstica. La condena es una medida adecuada para proteger a las víctimas de violencia doméstica y para garantizar que los responsables sean castigados por sus actos.
En resumen, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de prisión permanente al hombre acusado de agredir sexualmente y asesinar a su exmujer. La sentencia se mantiene en sus términos, lo que garantiza que justicia sea aplicada a las víctimas de violencia doméstica.