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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la decisión judicial que anuló hace un año y medio la concesión de obras para construir dos aparcamientos en la calle Padre Damián y en Paseo de la Castellana, cerca del estadio Santiago Bernabéu. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid y el Real Madrid contra el auto por el que una jueza estimaba un recurso de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu contra el acuerdo de la Junta de Gobierno que autorizaba el contrato de concesión de obra para los aparcamientos del paseo de la Castallana-Bernabéu y Padre Damián.
La sentencia destaca que los informes técnicos y periciales aportados por las partes no dejan lugar a dudas sobre que los proyectos autorizados vulneran el Plan Especial 2017 (PE2017) y que se debió haber tramitado un nuevo Plan Especial o instrumento urbanístico de mayor rango, con estudios ambientales y de movilidad actualizados. Además, la magistrada encargada del caso consideró que no hay prueba que acredite los parámetros de cálculo y los resultados obtenidos por la Administración en relación con el estudio de tráfico.
El Ayuntamiento de Madrid se queja de que no fueron sometidos a información pública las modificaciones introducidas en el estudio de viabilidad tras la audiencia pública, lo que desnaturaliza el recurso de apelación. Sin embargo, la magistrada consideró que la asociación vecinal tiene legitimidad activa para presentar el recurso y no procede la inadmisibilidad del mismo.
La sentencia también destaca la "opacidad del procedimiento" y la falta de justificación en el estudio de seguridad específico para el túnel bajo el estadio. El Real Madrid se queja de que los servicios jurídicos están analizando la sentencia, pero no se aporta información detallada sobre ello.
En resumen, el TSJM ha ratificado la decisión judicial que anuló la concesión de obras para construir dos aparcamientos cerca del estadio Santiago Bernabéu, considerando que los proyectos autorizados vulneran el Plan Especial 2017 y que no hay justificación clara en relación con el estudio de tráfico.
La sentencia destaca que los informes técnicos y periciales aportados por las partes no dejan lugar a dudas sobre que los proyectos autorizados vulneran el Plan Especial 2017 (PE2017) y que se debió haber tramitado un nuevo Plan Especial o instrumento urbanístico de mayor rango, con estudios ambientales y de movilidad actualizados. Además, la magistrada encargada del caso consideró que no hay prueba que acredite los parámetros de cálculo y los resultados obtenidos por la Administración en relación con el estudio de tráfico.
El Ayuntamiento de Madrid se queja de que no fueron sometidos a información pública las modificaciones introducidas en el estudio de viabilidad tras la audiencia pública, lo que desnaturaliza el recurso de apelación. Sin embargo, la magistrada consideró que la asociación vecinal tiene legitimidad activa para presentar el recurso y no procede la inadmisibilidad del mismo.
La sentencia también destaca la "opacidad del procedimiento" y la falta de justificación en el estudio de seguridad específico para el túnel bajo el estadio. El Real Madrid se queja de que los servicios jurídicos están analizando la sentencia, pero no se aporta información detallada sobre ello.
En resumen, el TSJM ha ratificado la decisión judicial que anuló la concesión de obras para construir dos aparcamientos cerca del estadio Santiago Bernabéu, considerando que los proyectos autorizados vulneran el Plan Especial 2017 y que no hay justificación clara en relación con el estudio de tráfico.