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La LPH no detalla normas específicas sobre la presencia de mascotas en zonas comunes.
Los propietarios de perros deben cumplir con los estatutos de su comunidad.
El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que se prohíben actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Estos comportamientos se consideran dañosos para la finca y se incluyen la presencia excesiva de ruido, la presencia de animales peligrosos, suciedad o malos olores.
La Ley del Bienestar Animal requiere que los propietarios de animales adopten medidas para evitar molestias y daños a las personas y otros animales.
Entre estas medidas se incluye el uso de correas adecuadas para evitar peligrosidad, lo cual es un requisito tanto para la ley sobre perros potencialmente peligrosos (PPP) como la Ley de Bienestar Animal.
Los propietarios de perros deben cumplir con los estatutos de su comunidad.
El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que se prohíben actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Estos comportamientos se consideran dañosos para la finca y se incluyen la presencia excesiva de ruido, la presencia de animales peligrosos, suciedad o malos olores.
La Ley del Bienestar Animal requiere que los propietarios de animales adopten medidas para evitar molestias y daños a las personas y otros animales.
Entre estas medidas se incluye el uso de correas adecuadas para evitar peligrosidad, lo cual es un requisito tanto para la ley sobre perros potencialmente peligrosos (PPP) como la Ley de Bienestar Animal.