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La comunidad de vecinos en propiedades horizontales es un entorno donde todos los miembros deben cumplir con normas y obligaciones. Sin embargo, cuando estos habitantes son animados por la presencia de mascotas, como perros, surgen dudas o incluso malestar debido a ruidos o suciedad.
Los dueños o dueñas de estas mascotas pueden llegar a ser criticados por sus vecinos que se preocupan por los daños causados por estos animales. En este sentido, la ley establece en el artículo 7.2 que no es permitido realizar actividades prohibidas en los estatutos, que resulten perjudiciales para la finca o contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas.
Es importante destacar que cada comunidad puede tener sus propios estatutos y normas, por lo que no siempre se cumple con una regulación general. Las actividades mencionadas en el artículo 7.2 como peligrosas o molestas incluyen ruidos excesivos, la presencia de animales que suponen un riesgo para los vecinos, la suciedad y malos olores.
Además, hay que considerar las directrices establecidas por la ley gubernamental sobre perros potencialmente peligrosos (PPP), así como la Ley de Bienestar Animal. En estos casos, se obliga a los dueños a llevar a sus mascotas en espacios públicos con correas o cadenas de dos metros y bozales adecuados para cada raza.
En resumen, si un vecino lleva a su perro sin bozal en las zonas comunes de una propiedad horizontal, puede generar molestias y peligros para los demás. La comunidad debe acordar una norma sobre la tenencia de mascotas, y en caso de que se cumpla, el dueño debe cumplir con la Ley de Bienestar Animal y llevar a su animal en espacios públicos con medidas adecuadas para evitar cualquier problema.
Los dueños o dueñas de estas mascotas pueden llegar a ser criticados por sus vecinos que se preocupan por los daños causados por estos animales. En este sentido, la ley establece en el artículo 7.2 que no es permitido realizar actividades prohibidas en los estatutos, que resulten perjudiciales para la finca o contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas.
Es importante destacar que cada comunidad puede tener sus propios estatutos y normas, por lo que no siempre se cumple con una regulación general. Las actividades mencionadas en el artículo 7.2 como peligrosas o molestas incluyen ruidos excesivos, la presencia de animales que suponen un riesgo para los vecinos, la suciedad y malos olores.
Además, hay que considerar las directrices establecidas por la ley gubernamental sobre perros potencialmente peligrosos (PPP), así como la Ley de Bienestar Animal. En estos casos, se obliga a los dueños a llevar a sus mascotas en espacios públicos con correas o cadenas de dos metros y bozales adecuados para cada raza.
En resumen, si un vecino lleva a su perro sin bozal en las zonas comunes de una propiedad horizontal, puede generar molestias y peligros para los demás. La comunidad debe acordar una norma sobre la tenencia de mascotas, y en caso de que se cumpla, el dueño debe cumplir con la Ley de Bienestar Animal y llevar a su animal en espacios públicos con medidas adecuadas para evitar cualquier problema.