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Un hombre catalán fue condenado a seis meses de cárcel y una multa de más de mil euros por haber presentado un parte de baja médica por incapacidad temporal falso. El trabajador, que había acudido al Centro de Atención Primaria con gastroenteritis en junio, recibió un parte real de baja/alta de incapacidad temporal emitido por su médico. Sin embargo, al día siguiente decidió no ir a trabajar y prolongar la baja para justificar su ausencia.
El trabajador confeccionó dos partes falsas de baja médica: una en la que afirmaba que no había habido recaída, y otra en la que decía que sí había habido recaída. Sin embargo, el juez desenmascaró el error y le condenó a seis meses de prisión por delito de falsedad en documento oficial.
La Audiencia Provincial de Barcelona estimó la sentencia original y determinó que la elaboración del documento se pudo llevar a cabo de dos maneras distintas: modificando el documento original o haciendo una fotocopia y alterándola. En este último caso, no habría delito de falsedad en documento oficial, sino de documento privado.
La Fiscalía considera que el informe es un documento oficial destinado a crear una baja médica falsa, por lo que debe ser tratado como tal. El Tribunal Supremo falló a favor del Ministerio Fiscal y condenó al trabajador como autor responsable del delito. En sus palabras: "No se trata de una fotocopia que se quiere hacer pasar por el original, sino de crear un documento íntegramente falso para hacerlo pasar por uno original".
La sentencia de seis meses de prisión y 1.000 euros se dictó después de que el trabajador intentara engañar a su empleadora al presentar una parte falsa de baja médica. La condena es un recordatorio de la importancia de respetar los reglamentos y normas establecidas en el lugar de trabajo, y de no recurrir a la falsedad para obtener beneficios personales.
El trabajador confeccionó dos partes falsas de baja médica: una en la que afirmaba que no había habido recaída, y otra en la que decía que sí había habido recaída. Sin embargo, el juez desenmascaró el error y le condenó a seis meses de prisión por delito de falsedad en documento oficial.
La Audiencia Provincial de Barcelona estimó la sentencia original y determinó que la elaboración del documento se pudo llevar a cabo de dos maneras distintas: modificando el documento original o haciendo una fotocopia y alterándola. En este último caso, no habría delito de falsedad en documento oficial, sino de documento privado.
La Fiscalía considera que el informe es un documento oficial destinado a crear una baja médica falsa, por lo que debe ser tratado como tal. El Tribunal Supremo falló a favor del Ministerio Fiscal y condenó al trabajador como autor responsable del delito. En sus palabras: "No se trata de una fotocopia que se quiere hacer pasar por el original, sino de crear un documento íntegramente falso para hacerlo pasar por uno original".
La sentencia de seis meses de prisión y 1.000 euros se dictó después de que el trabajador intentara engañar a su empleadora al presentar una parte falsa de baja médica. La condena es un recordatorio de la importancia de respetar los reglamentos y normas establecidas en el lugar de trabajo, y de no recurrir a la falsedad para obtener beneficios personales.