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El Tribunal de Instancia de Noia ha archivado definitivamente la causa por el vertido de pellets que afectó a Galicia y la costa cantábrica hace dos años. La investigación se centraba en determinar si hubo responsabilidades penales derivadas de la pérdida de carga del buque Toconao, que resultó en una gran cantidad de pequeñas bolas de plástico llegando a tierra.
La jueza ha concluido que no se puede perseguir a nadie por la vía penal por este caso y considera que el vertido de pellets no rebasa el ámbito de una posible infracción administrativa. El auto del tribunal recoge que el informe del Seprona indica que la empresa operadora cumplió con los protocolos de carga y no hubo "irregularidad alguna" que hubiera causado la caída de los contenedores.
La jueza ha analizado datos proporcionados por el Centro de Coordinación de Vigilancia Marítima de Costas y Fronteras, la empresa fletadora, el armador y el Instituto Tecnológico para o Control do Medio Mariño de Galicia. Los informes consideran que los pellets no presentaron "toxicidad o concentración de sustancias tóxicas" y que no se prevé un impacto significativo en el medio ambiente.
Además, los informes de la Xunta y la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado concluyen que no hay daños en espacios protegidos del entorno dunar ni en las lagunas de Carregal y Vixán ni tampoco en el Parque Nacional das Illas Atlánticas.
El auto del tribunal descarta también un daño a la calidad del aire, el suelo, las aguas, animales o plantas, ni riesgo para la salud de las personas. El caso se archiva y puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
La jueza ha concluido que no se puede perseguir a nadie por la vía penal por este caso y considera que el vertido de pellets no rebasa el ámbito de una posible infracción administrativa. El auto del tribunal recoge que el informe del Seprona indica que la empresa operadora cumplió con los protocolos de carga y no hubo "irregularidad alguna" que hubiera causado la caída de los contenedores.
La jueza ha analizado datos proporcionados por el Centro de Coordinación de Vigilancia Marítima de Costas y Fronteras, la empresa fletadora, el armador y el Instituto Tecnológico para o Control do Medio Mariño de Galicia. Los informes consideran que los pellets no presentaron "toxicidad o concentración de sustancias tóxicas" y que no se prevé un impacto significativo en el medio ambiente.
Además, los informes de la Xunta y la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado concluyen que no hay daños en espacios protegidos del entorno dunar ni en las lagunas de Carregal y Vixán ni tampoco en el Parque Nacional das Illas Atlánticas.
El auto del tribunal descarta también un daño a la calidad del aire, el suelo, las aguas, animales o plantas, ni riesgo para la salud de las personas. El caso se archiva y puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de A Coruña.