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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado urgentemente varios cambios en el sistema eléctrico para evitar nuevos apagones, aunque no ha modificado el procedimiento de operación que regula el servicio de control de tensión.
El objetivo es aumentar las herramientas del operador del sistema para reforzar la seguridad del suministro de energía en caso de producirse variaciones bruscas de tensión. Estos cambios tendrán una vigencia temporal que se extiende desde 30 días hasta tres meses.
La CNMC consideró algunas de las medidas propuestas por el operador del sistema con ajustes en el texto para limitar su impacto. Las modificaciones afectarán a los procedimientos de operación P.O. 3.1, P.O. 3.2 y P.O. 7.2.
Sin embargo, la modificación del P.O. 7.4 "requiere de un análisis más profundo por parte de todos los actores implicados", según la CNMC. Por lo tanto, no ha sido aprobada con carácter de urgencia.
La organización ha instado al operador del sistema que intensifique las acciones orientadas a lograr un control más efectivo en coordinación con los sujetos involucrados y asegurando el máximo nivel de transparencia. Se le ha pedido que agilize los procesos de habilitación con la participación activa de los sujetos y flexibilice los requisitos aplicables en la modalidad de seguimiento de consignas con carácter temporal.
La CNMC también ha indicado que pondrá en marcha un plan de trabajo para abordar medidas adicionales si fuesen necesarias. El regulador podrá suspender antes del vencimiento del plazo previsto o de las prórrogas, la aplicación de los cambios aprobados si se aprecia que ya no son necesarios.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha expresado su agradecimiento por "la celeridad" con la que la CNMC ha respondido a sus requerimientos y del operador del sistema.
El objetivo es aumentar las herramientas del operador del sistema para reforzar la seguridad del suministro de energía en caso de producirse variaciones bruscas de tensión. Estos cambios tendrán una vigencia temporal que se extiende desde 30 días hasta tres meses.
La CNMC consideró algunas de las medidas propuestas por el operador del sistema con ajustes en el texto para limitar su impacto. Las modificaciones afectarán a los procedimientos de operación P.O. 3.1, P.O. 3.2 y P.O. 7.2.
Sin embargo, la modificación del P.O. 7.4 "requiere de un análisis más profundo por parte de todos los actores implicados", según la CNMC. Por lo tanto, no ha sido aprobada con carácter de urgencia.
La organización ha instado al operador del sistema que intensifique las acciones orientadas a lograr un control más efectivo en coordinación con los sujetos involucrados y asegurando el máximo nivel de transparencia. Se le ha pedido que agilize los procesos de habilitación con la participación activa de los sujetos y flexibilice los requisitos aplicables en la modalidad de seguimiento de consignas con carácter temporal.
La CNMC también ha indicado que pondrá en marcha un plan de trabajo para abordar medidas adicionales si fuesen necesarias. El regulador podrá suspender antes del vencimiento del plazo previsto o de las prórrogas, la aplicación de los cambios aprobados si se aprecia que ya no son necesarios.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha expresado su agradecimiento por "la celeridad" con la que la CNMC ha respondido a sus requerimientos y del operador del sistema.