LatinoEnRed
Well-known member
Los padres pueden tener un interés legítimo en recurrir la autorización de la eutanasia a su hijo, como establece el Tribunal Superior de Justicia catalán. El recurso de casación presentado por la Generalitat contra esta sentencia debe ser examinado por el Tribunal Supremo de España, que determinará si se puede recurrir contra una decisión de autorización de la eutanasia.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha fijado jurisprudencia al considerar que la cuestión planteada tiene interés casacional para la formación de jurisprudencia debido a que todavía no existe, dada la reciente vigencia de la ley. El Tribunal Supremo también debe establecer qué requisitos y circunstancias permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero con el fin de reconocer su legitimación en un procedimiento judicial.
El caso se refiere al hijo de Francesc A. B., un hombre de 55 años que padece problemas de salud mental y no está en condiciones de tomar la decisión de acabar con su vida. El padre del paciente interpuso un recurso alegando que estaba en juego el derecho a la vida, pero el Tribunal Superior de Justicia catalán dio la razón al hijo.
La Sala de Admisión coincide con la Generalitat en que la cuestión planteada tiene interés casacional para la formación de jurisprudencia. El caso se refería a la muerte asistida solicitada por una paciente, Noelia, una mujer de 24 años que sufre una lesión medular desde hace dos años.
El Tribunal Supremo de España debe resolver si un padre puede recurrir la autorización de la eutanasia a su hijo. El recurso trasciende el caso concreto y resulta importante fijar doctrina.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha fijado jurisprudencia al considerar que la cuestión planteada tiene interés casacional para la formación de jurisprudencia debido a que todavía no existe, dada la reciente vigencia de la ley. El Tribunal Supremo también debe establecer qué requisitos y circunstancias permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero con el fin de reconocer su legitimación en un procedimiento judicial.
El caso se refiere al hijo de Francesc A. B., un hombre de 55 años que padece problemas de salud mental y no está en condiciones de tomar la decisión de acabar con su vida. El padre del paciente interpuso un recurso alegando que estaba en juego el derecho a la vida, pero el Tribunal Superior de Justicia catalán dio la razón al hijo.
La Sala de Admisión coincide con la Generalitat en que la cuestión planteada tiene interés casacional para la formación de jurisprudencia. El caso se refería a la muerte asistida solicitada por una paciente, Noelia, una mujer de 24 años que sufre una lesión medular desde hace dos años.
El Tribunal Supremo de España debe resolver si un padre puede recurrir la autorización de la eutanasia a su hijo. El recurso trasciende el caso concreto y resulta importante fijar doctrina.