PensadorLatino
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El Gobierno ha dado el primer paso para regular los préstamos al consumo, abordando un tema que había huido a la sombra de la legislación financiera tradicional. La directiva europea sobre este tipo de créditos ha sido finalmente recogida en una propuesta de ley que busca proteger a los consumidores y evitar los intereses abusivos.
La nueva normativa establecerá límites a los tipos de interés, lo que pretende prevenir el sobreendeudamiento y otorgar seguridad jurídica a todos los operadores. Los créditos al consumo suponen un 7% del crédito al sector privado residente y un 15% del crédito a hogares, una cifra que ha crecido siete puntos respecto a hace diez años.
El régimen general de limitación de costes establecerá un límite máximo para el tipo de interés, según el importe del crédito. Para importes iguales o inferiores a 1.500 euros, se tratará de 15 puntos porcentuales; para importes superiores a 1.500 e inferiores a 6.000 euros, 10 puntos porcentuales; y para importes superiores a 6.000 euros, con plazo de vencimiento inferior a 8 años, 8 puntos por centual.
La normativa también regula la publicidad de estos productos, prohibiendo destacar la facilidad o rapidez con la que se puede obtener un crédito de alto coste sobre el resto de sus características esenciales. Además, se obligará a los prestamistas a proporcionar información específica y reforzada con una antelación mínima de 24 horas para que los consumidores puedan tomar una decisión plenamente informada.
Para reforzar la evaluación de solvencia y prevenir el sobreendeudamiento, se exige la consulta obligatoria del prestamista al historial crediticio del cliente. Las empresas que vendan otros productos o servicios y quieran ofrecer financiación también tendrá que cumplir con esta normativa.
La propuesta de ley busca proteger a los consumidores y evitar los intereses abusivos, estableciendo un régimen general de limitación de costes para todos los préstamos al consumo. La regulación se centrará en la transparencia, la información y la evaluación de solvencia del prestamista, lo que pretende darle seguridad jurídica a todos los operadores y proteger a los consumidores.
La nueva normativa establecerá límites a los tipos de interés, lo que pretende prevenir el sobreendeudamiento y otorgar seguridad jurídica a todos los operadores. Los créditos al consumo suponen un 7% del crédito al sector privado residente y un 15% del crédito a hogares, una cifra que ha crecido siete puntos respecto a hace diez años.
El régimen general de limitación de costes establecerá un límite máximo para el tipo de interés, según el importe del crédito. Para importes iguales o inferiores a 1.500 euros, se tratará de 15 puntos porcentuales; para importes superiores a 1.500 e inferiores a 6.000 euros, 10 puntos porcentuales; y para importes superiores a 6.000 euros, con plazo de vencimiento inferior a 8 años, 8 puntos por centual.
La normativa también regula la publicidad de estos productos, prohibiendo destacar la facilidad o rapidez con la que se puede obtener un crédito de alto coste sobre el resto de sus características esenciales. Además, se obligará a los prestamistas a proporcionar información específica y reforzada con una antelación mínima de 24 horas para que los consumidores puedan tomar una decisión plenamente informada.
Para reforzar la evaluación de solvencia y prevenir el sobreendeudamiento, se exige la consulta obligatoria del prestamista al historial crediticio del cliente. Las empresas que vendan otros productos o servicios y quieran ofrecer financiación también tendrá que cumplir con esta normativa.
La propuesta de ley busca proteger a los consumidores y evitar los intereses abusivos, estableciendo un régimen general de limitación de costes para todos los préstamos al consumo. La regulación se centrará en la transparencia, la información y la evaluación de solvencia del prestamista, lo que pretende darle seguridad jurídica a todos los operadores y proteger a los consumidores.