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Un tatuador de Eivissa ha sido condenado a cinco años de prisión y 15.000 euros por abusar sexualmente de una turista en su estudio en Sant Josep, Ibiza. El proceso comenzó cuando la joven, originaria de Escocia, acudió con una amiga al establecimiento del condenado para tatuarse en junio de 2022. Los magistrados consideraron que el proceso había probado el delito de abuso sexual, a pesar de que el denunciado había negado los hechos. La víctima describió cómo el tatuador la atacó sin consentimiento durante la realización del tatuaje, lo que causó una gran angustia y temor hacia él.
La Guardia Civil ya había detenido al denunciado por actos similares en 2021. Además, se conocía que tenía antecedentes de hechos semejantes, incluyendo otra denuncia por abusar de menores de edad, uno de ellos menor de 16 años.
El Ministerio Fiscal solicitó una condena de seis años de prisión y prohibición de ejercer cualquier trabajo que involucre el trato con menores. Sin embargo, la sentencia dictada por la Audiencia Provincial consideró que el delito había sido cometido en un local donde se estaba realizando un tatuaje, lo que cambió el modus operandi y aumentó la gravedad del delito.
El Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ordenó una prohibición de comunicarse con la víctima a una distancia menor de 300 metros durante los próximos siete años. La sentencia también ordenó que el denunciado cumpla cinco años de prisión y paga una indemnización de 15.000 euros por daños morales causados a la víctima.
El caso sigue pendiente de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.
La Guardia Civil ya había detenido al denunciado por actos similares en 2021. Además, se conocía que tenía antecedentes de hechos semejantes, incluyendo otra denuncia por abusar de menores de edad, uno de ellos menor de 16 años.
El Ministerio Fiscal solicitó una condena de seis años de prisión y prohibición de ejercer cualquier trabajo que involucre el trato con menores. Sin embargo, la sentencia dictada por la Audiencia Provincial consideró que el delito había sido cometido en un local donde se estaba realizando un tatuaje, lo que cambió el modus operandi y aumentó la gravedad del delito.
El Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ordenó una prohibición de comunicarse con la víctima a una distancia menor de 300 metros durante los próximos siete años. La sentencia también ordenó que el denunciado cumpla cinco años de prisión y paga una indemnización de 15.000 euros por daños morales causados a la víctima.
El caso sigue pendiente de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.