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El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir el recurso del ex ministro de Transportes José Luis Ábalos contra la decisión del Congreso de los Diputados de no investigarle previamente al conceder su suplicatorio para que el Tribunal Supremo lo imputara. La Sección Segunda de la Sala Primera del TC ha acordado por unanimidad no estudiar el amparo promovido por Ábalos, cuyo argumento era que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se había excedido al investigarle antes de obtener su suplicatorio.
El ex ministro denunció ante la Mesa del Congreso una investigación "prospectiva" e "irregular" pese a su condición de diputado, lo que habría violentado el ejercicio de su función representativa. Sin embargo, tanto el órgano de gobierno del Congreso como la Presidencia concluyeron que no hubo ninguna incidencia en el ejercicio de sus funciones y que su inmunidad parlamentaria no se había visto afectada.
Fuentes jurídicas consultadas explican que la decisión del TC se ha inadmitido de plano al no apreciar ninguna infracción en la decisión de la Mesa del Congreso, ya que precisamente es el resultado de las pesquisas lo que determina si debe pedirse o no el suplicatorio. El Tribunal Constitucional ha tomado esta decisión "dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".
El caso del ex ministro Ábalos está relacionado con el 'caso Koldo', una operación que buscaría "ir construyendo un relato interesado" para desacreditar su imagen y su papel en la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de contratos públicos. El Supremo acordó encausar a Ábalos por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho debido a su "papel principal" en la trama.
El ex ministro denunció ante la Mesa del Congreso una investigación "prospectiva" e "irregular" pese a su condición de diputado, lo que habría violentado el ejercicio de su función representativa. Sin embargo, tanto el órgano de gobierno del Congreso como la Presidencia concluyeron que no hubo ninguna incidencia en el ejercicio de sus funciones y que su inmunidad parlamentaria no se había visto afectada.
Fuentes jurídicas consultadas explican que la decisión del TC se ha inadmitido de plano al no apreciar ninguna infracción en la decisión de la Mesa del Congreso, ya que precisamente es el resultado de las pesquisas lo que determina si debe pedirse o no el suplicatorio. El Tribunal Constitucional ha tomado esta decisión "dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".
El caso del ex ministro Ábalos está relacionado con el 'caso Koldo', una operación que buscaría "ir construyendo un relato interesado" para desacreditar su imagen y su papel en la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de contratos públicos. El Supremo acordó encausar a Ábalos por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho debido a su "papel principal" en la trama.